LA MEDIACIÓN Y LA AMIGABLE
COMPOSICIÓN
¿QUÉ ES LA MEDIACIÓN?
La mediación está clasificada
dentro de los métodos alternativos de
solución de conflictos de carácter legal
y es vista como una herramienta de
solución
en donde participa un tercero
ajeno al conflicto con el fin de
intervenir entre las partes, por medio
de la evaluación de los interés de
ambos actores y
sobre todo escuchando lo que
cada uno expone en el momento de
la negociación.
¿QUÉ PARTES INTERVIENEN EN LA
MEDIACION
El mediador es la figura que
protagoniza este método, debido a que
es el tercero ajeno al conflicto,
capacitado para asistir a cada una de
las
partes
dentro del conflicto, para la búsqueda de
soluciones que otorguen un beneficio mutuo.
CARACTERÍSTICAS
DE LA MEDIACIÓN
PRINCIPIOS
DE LA MEDIACIÓN
QUÉ
ES AMIGABLE COMPOSICIÓN?
Es un mecanismo alternativo de solución de
conflictos por medio del cual dos o más particulares, un particular y una o
más entidades públicas o varias entidades públicas o quien desempeñe
funciones administrativas, delegan en un tercero denominado amigable
componedor la facultad de definir con fuerza vinculante para las partes, una
controversia contractual de libre disposición.
CARACTERÍSTICAS:
Hetero – Compositivo: Las partes delegan a un tercero la resolución de su controversia.
Oneroso: Se debe pagar los honorarios y gastos del amigable componedor para que se pueda adelantar el trámite.
Excepcional: Requiere pacto expreso de las partes.
No jurídico obligatoriamente: El amigable componedor no tiene que ser abogado. Puede ser cualquier persona que haya sido designado por las partes, sea un ciudadano en ejercicio y obra como mandatario de las partes. No administra justicia.
Transaccional: El amigable componedor expide una decisión que es firmada por el amigable componedor y las partes, que tiene los mismos efectos de la transacción. Es decir, según la ley, constituye cosa juzgada y las partes podrán dar alcance de prestar mérito ejecutivo.
Hetero – Compositivo: Las partes delegan a un tercero la resolución de su controversia.
Oneroso: Se debe pagar los honorarios y gastos del amigable componedor para que se pueda adelantar el trámite.
Excepcional: Requiere pacto expreso de las partes.
No jurídico obligatoriamente: El amigable componedor no tiene que ser abogado. Puede ser cualquier persona que haya sido designado por las partes, sea un ciudadano en ejercicio y obra como mandatario de las partes. No administra justicia.
Transaccional: El amigable componedor expide una decisión que es firmada por el amigable componedor y las partes, que tiene los mismos efectos de la transacción. Es decir, según la ley, constituye cosa juzgada y las partes podrán dar alcance de prestar mérito ejecutivo.
ELEMENTOS:
(i) Conflicto (ii) un particular nombrado por las partes (iii) delegación expresa al tercero y (iv) sometimiento de las partes a lo establecido por el tercero.
PARTES QUE PARTICIPAN EN LA
AMIGABLE COMPOSICIÓN
PRINCIPIOS DE LA AMIGABLE
COMPOSICIÓN
¿QUÉ ES EL ARBITRAJE
Es un
mecanismo por medio del cual las
partes involucradas en un
conflicto de carácter transigible, difieren
la solución a un tercero, el cual
queda transitoriamente investido de la
facultad para administrar
justicia profiriendo una definición llamada laudo
arbitral.
El arbitraje puede
ser resuelto en Derecho, en equidad o
técnico.
CLASES DE ARBITRAJE
PRINCIPIOS
DEL ARBITRAJE
LA CONCILIACION
La conciliación es el método
por excelencia, el que ofrece las
mejores
opciones de solución, por lo
que aunque existe un tercero dentro
del
conflicto son las partes quienes
lo resuelven directamente, característica que
hace de mayor relevancia el método,
por que condensa todo
la teoría del conflicto en
un solo método, es decir podemos ver
reflejada la posibilidad de
solucionar sin necesidad de la violencia
y
sobretodo de forma rápida y
eficaz.
PARTES DE LA CONCILIACION
1.El
solicitante citante: es la persona que solicita
la audiencia de conciliación.
2.El citado o solicitado:
es la persona llamada a comparecer a
la audiencia de conciliación.
3.El conciliador:
es un tercero neutral y calificado que
ayuda a resolver las
diferencias.
CARACTERÍSTICAS DE LA CONCILIACIÓN
PRINCIPIOS
CLASES DE CONCILIACION
La conciliación judicial es la que se
realiza dentro de un proceso y la conciliación
extrajudicial es la que se realiza
antes o por fuera del proceso.
Según la oportunidad, la conciliación puede
ser de tres formas:
1.Preprocesal: es la que se realiza
voluntariamente, antes de haberse iniciado el
proceso.
2.Procesal: se da dentro
del proceso y consta de cuatro
etapas: la apertura, identificación del conflicto, negociación y cierre.
3.Extrajudicial: se da cuando está en curso
el proceso y las partes acuden a
este método alternativo de solución de conflictos,
por medio de un centro de
conciliación o un conciliador en equidad.
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